periodismo loreto

Articulos escritos por el periodista Jaime Vásquez Valcárcel desde Iquitos, capital de la Amazonía peruana.

Monday, January 08, 2007

La derrota de Constantinides

María Constantinides Rosado fue presidenta de la Región Moquegua que no sólo perdió el intento de reelegirse sino que perdió el juicio. Víctor Silva Salazar es un periodista con más de de 27 años de ejercicio profesional, que en forma constante y valiente cuestionaba los malos actos administrativos de la mencionada autoridad. Constantinides tiene en su haber muchas denuncias penales por peculado, concusión, abuso de autoridad. Todos ellos, a pesar del tiempo transcurrido, duermen el sueño de los justos. La hoy ex Presidenta regional de Moquegua, según ella, reunió a los mejores abogados del medio y a su servicio para tratar de hacer sentenciar al periodista, inclusive con la realización de una conferencia de prensa en la localidad de Ilo a principios del año 2006 para anunciar el “Enjuiciamiento” por difamación.

Enterado del caso el periodista, que al momento no había sido notificado, tomó los servicios de la doctora Rossmary Bethasabé Silva Acevedo, una de las más connotadas penalistas de Moquegua y responsable del Estudio Jurídico Silva-Acevedo. Con un poll de abogados de diferentes ramas y en segunda y última instancia sacó la siguiente sentencia: Que, en el delito de difamación se distinguen tres elementos concurrentes para la configuración del mismo: a). La imputación de un hecho, calidad o conducta que pueda perjudicar el honor o la reputación de una persona, b). La difusión o publicidad de la imputación y c). El animus difamandi. Que, la libertad de expresión es un derecho amplio e irrestricto, en cuyo ejercicio suelen cometerse errores o excesos que no necesariamente constituyen delito, por carecer del elemento consecutivo fundamental, el animus, es decir la voluntad deseo y conciencia de perjudicar a una persona. Que, de autos se tiene acreditado que el querellado ha efectuado la imputación de un hecho, calidad o conducta a la querellante, no habiendo sido confirmada su veracidad o falsedad, del mismo modo ha quedado acreditado que dicha imputación ha sido difundida a través de un medio de comunicación. Que, en cuanto al tercer elemento del tipo penal, es decir al animus difamandi, este no ha sido probado en autos, por lo que no concurren copulativamente los tres elementos del tipo penal exigidos para la configuración de este delito. Por estas consideraciones confirmaron la sentencia que absuelve a Victor David Silva Salazar de los cargos formulados en la querella por Delito Contra el Honor, en la modalidad de Difamación en agravio de María Cristala Constantinides Rosado.

La querellante, María Cristala Constantinides Rosado de Rodríguez, tiene una amplia trayectoria política. Fue Alcaldesa de Mariscal Nieto-Moquegua 1981-83. Postuló a la reelección y perdió las elecciones. Diputada por Moquegua 1985-90. Postuló a Senadora y perdió en 1990. Alcaldesa de Mariscal Nieto-Moquegua 1996-98. Postuló a la reelección y perdió las elecciones. Presidenta Regional 2002-06. Comenzó en la extrema izquierda (IU) y ahora está en la extrema derecha (SOMOS PERU)

He querido reseñar este caso porque se ha tratado en diversos foros periodísticos y, se sabe, que crea jurisprudencia en cuanto al respeto a la libertad de expresión y, también, al hecho que las autoridades –hombres y mujeres- a veces equivocan el camino y confunden su posibilidad de mandar con el mandato inherente del periodismo de fiscalizar y de expresar sus ideas. Y porque en estos tiempos de nuevas autoridades bueno será que se sepa que la libertad de expresión y de prensa es irrestricta, quien no lo entiende así ha equivocado su camino como autoridad y, peor, como periodista.

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